Auxiliar Administrativo de la Generalitat de Catalunya · Tema 3
Test del tema 3: Buen gobierno y transparencia: concepto y principios. La Administración pública: concepto y principios. El ciudadano y la ciudadana como titulares de derechos ante la Administración; derecho de acceso a los servicios y a la información pública.
24 preguntasTemario único
Fuentes
- Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (Cataluña)Artículos: 1-8, 18-24, 54-61, 65-70
- Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de CataluñaArtículos: 21-31
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector PúblicoArtículos: 3
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasArtículos: 13
- Ley 1/1998, de 7 de enero, de Política LingüísticaArtículos: 2-4, 9-10
Pregunta de ejemplo
Según la Ley 19/2014, la publicidad activa es:
- a)La obligación de responder a las solicitudes de información en el plazo de un mes
- b)La facultad de las personas de reutilizar la información pública
- c)El deber de los sujetos obligados de hacer públicos, de oficio, los contenidos de información pública que determina la ley
- d)El deber de publicar en el DOGC todas las resoluciones administrativas
Explicación: El artículo 2.i) de la Ley 19/2014 define la publicidad activa como el deber de hacer pública de oficio la información que determina el capítulo II del título II, sin necesidad de solicitud.
Un estudiante de dieciséis años solicita a un departamento de la Generalitat información pública sobre las becas concedidas el año anterior. Según la Ley 19/2014:
- a)No puede ejercerlo hasta que cumpla dieciocho años
- b)Puede ejercer el derecho de acceso, porque puede ejercerse a partir de los dieciséis años
- c)Solo puede ejercerlo a través de sus representantes legales
- d)Puede ejercerlo solo si acredita un interés personal en la información
Explicación: El artículo 18.3 de la Ley 19/2014 permite ejercer el derecho de acceso a la información pública a partir de los dieciséis años, y el apartado 2 añade que no se condiciona a la concurrencia de un interés personal.